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El Vaticano tambiƩn tiene directrices sobre inteligencia artificial

El 1 de enero entró en vigor en el Estado de la Ciudad del Vaticano una nueva disposición con algunos principios generales que deben garantizar la responsabilidad, la transparencia y la seguridad en relación con el uso de sistemas de inteligencia artificial en los distintos Ômbitos de competencia.

Giovanni Tridente

11 de January de 2025

Inteligencia artificial.

Por sorpresa, el pasado 16 de diciembre la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano -el órgano que ejerce la función legislativa dentro de los Muros Leoninos- emitió un decreto innovador que establece las primeras directrices exhaustivas para el uso de la inteligencia artificial (IA) dentro del Estado.

La medida lleva la firma del Presidente del Governatorato del Estado de la Ciudad del Vaticano, Cardenal Fernando Vérgez, y de la Secretaria General del mismo organismo, Sor Raffaella Petrini, y entró en vigor el 1 de enero de este año.

Desde sus primeras líneas, el texto, que se divide en 15 artículos incluidas las disposiciones finales, destaca en el panorama internacional por su visión integrada que combina innovación tecnológica y valores éticos fundamentales. De hecho, los principios que inspiran las nuevas directrices pretenden «potenciar y promover un uso ético y transparente de la inteligencia artificial, en una dimensión antropocéntrica y de confianza, con respeto a la dignidad humana y al bien común» (art. 1).

AutonomĆ­a del hombre

El decreto reconoce así la IA como una herramienta al servicio de la humanidad, y no como un sustituto de ella. No es casualidad que la necesidad de preservar la autonomía humana y el poder de decisión se reitere en varios artículos, estableciendo límites éticos claros para la aplicación de las tecnologías modernas. Un aspecto especialmente significativo, por ejemplo, es la prohibición explícita de utilizar la IA para hacer inferencias discriminatorias o para manipulaciones que puedan causar daños físicos o psicológicos a las personas.

Al mismo tiempo, se prohíben las «técnicas de manipulación subliminal», los sistemas que puedan comprometer la seguridad del Estado, pero también aquellos con fines «contrarios a la misión del Sumo Pontífice, a la integridad de la Iglesia católica y al correcto desarrollo de las actividades institucionales» (art. 4).

Salud, patrimonio cultural y derechos de autor

Otro aspecto significativo del documento es que divide los distintos principios generales «por temas», lo que demuestra una comprensión amplia y profunda de los retos que plantea la IA en los distintos sectores. Por ejemplo, en el Ômbito de la investigación científica y la salud (art. 6), el decreto promueve la innovación tecnológica manteniendo el principio de la supremacía del juicio médico humano. En el Ômbito del patrimonio cultural (Art. 8), las disposiciones pretenden aprovechar el potencial de la IA para la conservación y mejora del patrimonio artístico, al tiempo que se establecen salvaguardias estrictas para proteger su integridad, sin excluir la posibilidad de explotación económica.

Especialmente innovador es el enfoque de la propiedad intelectual y los derechos de autor (art. 7). Las directrices introducen la obligación de identificar todos los contenidos generados artificialmente con el acrónimo «IA», estableciendo una clara distinción entre creación humana y artificial. Esta norma representa un precedente importante en el debate sobre la transparencia y la atribución de las obras generadas por IA. El apartado 3 establece que, incluso en el caso de contenidos mediÔticos generados por IA, el Gobierno conserva «exclusivamente» el «derecho de autor» y el «uso económico».

Administración, trabajo y justicia

En cuanto a los procedimientos administrativos (art. 10), se destaca la posibilidad de utilizar herramientas modernas para simplificar y agilizar los procedimientos, elevar los niveles de rendimiento, mejorar las competencias, etc., siempre que se haga de forma ética, transparente, poco costosa y eficaz, entendiéndose que el único responsable de las medidas y procedimientos sigue siendo «la persona» que los lleva a cabo.

En cuanto a los recursos humanos (art. 11), también se estipula que los modelos de inteligencia artificial pueden utilizarse para «mejorar las condiciones de seguridad en el lugar de trabajo y proteger la salud de los trabajadores»; incluso en este caso, el uso de la tecnología «no debe limitar el poder de decisión de los sujetos». Lo mismo se aplica al poder judicial (art. 12), donde las decisiones sobre la interpretación de las leyes se reservan «exclusivamente al magistrado» y los sistemas de IA sólo pueden utilizarse para organizar y simplificar el trabajo judicial o la investigación jurisprudencial.

Comisión de Control

Por último, el decreto vaticano prevé una gobernanza especial de la IA, mediante un sistema de control que pretende ser al mismo tiempo transparente. De hecho, establece la creación de una «Comisión sobre Inteligencia Artificial» (art. 14), compuesta por cinco miembros y presidida por el Secretario General del Governatorato, que tendrÔ la tarea de supervisar la aplicación de las tecnologías de IA y evaluar su impacto mediante informes semestrales. TendrÔ que preparar las leyes y reglamentos de aplicación del Decreto, en los próximos doce meses.

El contexto internacional

En el contexto internacional, la medida vaticana forma parte de un panorama normativo en rÔpida evolución. No en vano, la Unión Europea adoptó hace unos meses su Ley sobre IA, destinada a convertirse en el primer marco regulador global del mundo en la materia. Estados Unidos ha optado por un enfoque mÔs fragmentado, con directivas presidenciales que establecen principios generales al tiempo que dejan un amplio margen para la autorregulación del sector. China ha implantado un sistema de normativas con énfasis en la seguridad nacional y el control de contenidos, mientras que el Reino Unido ha optado por una vía mÔs flexible basada en directrices no vinculantes.

De ahí que, a diferencia de otras jurisdicciones, donde prevalecen las consideraciones técnicas o comerciales, el Vaticano haya decidido situar la ética y la dignidad humana en el centro de la regulación, sin escatimar, en algunos Ômbitos, algunas soluciones innovadoras, como la protección del patrimonio cultural y artístico de la Santa Sede.

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