Una mirada católica a la actualidad

Tres argumentos de un tribunal español para permitir rezar ante centros abortistas

Un Juzgado de lo Penal de Vitoria-Gasteiz ha considerado no delictivo, y por tanto, conforme al marco de libertades de la Constitución española, el hecho de rezar de forma pacífica ante un centro abortista. He aquí los argumentos de la magistrada.

Redacción Omnes

10 de Dicembre de 2025

Bebé.
(Wayne Evans, Creative commons, Wikimedia commons).

Los 21 acusados de un presunto delito de coacciones por su participación en concentraciones de oración frente a un centro abortista de la capital de Álava, han sido absueltos por un tribunal español. Se trata del Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, en el País Vasco. 

Los hechos juzgados tuvieron lugar entre el 28 de septiembre y el 6 de noviembre de 2022, durante la campaña ‘40 Días por la vida’. Las personas ahora absueltas se turnaron para situarse ante la clínica llevando carteles con mensajes como 40 días por la vida, no estás sola, estamos aquí’.

Razones

Sintetizamos aquí tres argumentos que expone la magistrada Beatriz Román, autora del fallo, según Forum Libertas, para dictaminar su absolución.

1.- Libre derecho de reunión. Los acusados “no hicieron otra cosa que ejercer su libre derecho de reunión, escogiendo un lugar próximo a una clínica donde se realizan abortos. Entendieron que expresar sus reivindicaciones en ese lugar y del modo que lo hicieron era la vía más apropiada para que el mensaje que quieren transmitir –rezar por la vida y ofrecer su ayuda– llegara directamente a sus destinatarios principales”. 

2.- De forma “pacífica”.

Todo ello, añade la magistrada, fue comunicado correctamente a la autoridad competente y fue realizado en silencio de forma “exquisitamente pacífica”.

3.- No hubo insultos ni presión a trabajadores o usuarias del centro abortista.

La sentencia, siempre según la citada fuente, supone un hito jurídico al tratarse del primer juicio de estas características celebrado en Europa, y respalda la tesis mantenida por las defensas. Los acusados se limitaron a rezar en silencio y manifestar su apoyo a la vida, sin insultos ni presiones a los trabajadores o usuarias del centro.

La resolución puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Álava, y supone un precedente sobre la presencia de grupos provida en cercanías de centros abortistas. 

Fiscalía y acusación pedían prisión o trabajos para la comunidad

La Fiscalía y la acusación particular solicitaron cinco meses de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, además de indemnizaciones de hasta 20.000 euros, y orden de alejamiento. Sin embargo, la jueza concluye que no existió delito.

Los abogados defensores argumentaron que no se produjo “acoso” ni “hostigamiento”, sino simplemente oración silenciosa. El número de concentrados “nunca superó el de cinco personas” en un mismo turno.

Fotografia de Isabel Vaughan-Spruce (OSV News photo/Simon Caldwell).

En Birmingham y en Madrid 

El caso tiene precedentes, en España y en otros países. En diciembre de 2022, Isabel Vaughan-Spruce, codirectora de la Marcha por la Vida en el Reino Unido, fue detenida en Birmingham por “rezar en su mente” ante un centro abortista. Dos meses más tarde, la justicia retiró los cargos contra ella, que, en una entrevista con Omnes, calificó de surrealista el momento vivido.

Isabel Vaughan-Spruce, conocida por su trabajo en favor de las mujeres que deciden seguir adelante con su embarazo, había sido detenida bajo “sospecha” cuando se encontraba “rezando mentalmente”.

En España, el doctor Jesús Poveda se presenta una vez al año, el 28 de diciembre, día de los santos inocentes, ante una clínica abortista en Madrid. Suele ser detenido, y luego puesto en libertad. Poveda dice: “Hacemos asistencia 364 días al año y un día, solo un día, hacemos resistencia pasiva”. Pueden ver aquí una reflexión sobre estos hechos, en torno a los límites éticos y legales en la defensa de la vida.

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