{"id":23412,"date":"2022-09-05T08:03:52","date_gmt":"2022-09-05T07:03:52","guid":{"rendered":"https:\/\/omnesmag.com\/?p=23412"},"modified":"2022-09-05T09:30:56","modified_gmt":"2022-09-05T08:30:56","slug":"chile-decidio-sobre-una-nueva-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/chile-decidio-sobre-una-nueva-constitucion\/","title":{"rendered":"Chile decidi\u00f3 sobre una nueva Constituci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Chile, Octubre 2020: en plebiscito, el 78 % de los chilenos votaron por tener una nueva Constituci\u00f3n y eligieron que la elaborara una Convenci\u00f3n constituyente (vot\u00f3 el 50 % del padr\u00f3n electoral). En julio del 2021 comenz\u00f3 a funcionar dicha Convenci\u00f3n formada por 155 miembros, elegidos en votaci\u00f3n democr\u00e1tica. Concluyeron <a href=\"https:\/\/www.chileconvencion.cl\/wp-content\/uploads\/2022\/07\/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf\">su trabajo<\/a> en julio 2022. El 4 de septiembre se realiz\u00f3 el Plebiscito en que los chilenos mayores de 18 a\u00f1os deb\u00edan votar obligatoriamente. \u00a0Si la mayor\u00eda de los chilenos la aprobaba, el Congreso chileno la promulgar\u00eda. En cambio, si la mayor\u00eda la rechazaba, seguir\u00eda vigente la Constituci\u00f3n actual del a\u00f1o 1980.<\/p>\n\n\n\n<p>En la misma noche del domingo 4 el Servicio Electoral (ente aut\u00f3nomo del Estado) inform\u00f3 que el proyecto de Constituci\u00f3n fue rechazado por el 61,9 % de los ciudadanos, obteniendo una aprobaci\u00f3n de solo 38,1 %. Este contundente resultado fue una gran sorpresa.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El aborto en la propuesta de constituci\u00f3n de Chile<\/h2>\n\n\n\n<p>En marzo del presente a\u00f1o la Conferencia Episcopal (CECH) advirti\u00f3 que: \u201cUna Constituci\u00f3n Pol\u00edtica con una norma sobre <a href=\"https:\/\/teal-beaver-472417.hostingersite.com\/firmas\/sexo-mentiras-y-leyes-del-aborto\/\">aborto <\/a>libre no podr\u00e1 ser sentida y asumida como propia por muchos chilenos, entre ellos muchas personas que profesamos una fe religiosa, pues el respeto a la vida humana desde la concepci\u00f3n no es algo secundario o cuya consideraci\u00f3n sea optativa, sino un valor fundamental que afirmamos apoyados en la raz\u00f3n y la fe. De no cambiar esta decisi\u00f3n, la Convenci\u00f3n Constitucional pone un obst\u00e1culo insalvable para que muchos ciudadanos den su aprobaci\u00f3n al texto constitucional que se est\u00e1 elaborando\u201c.<\/p>\n\n\n\n<p>En julio se entreg\u00f3 al pa\u00eds la propuesta de nueva Constituci\u00f3n. Nuevamente la CECH, con la firma de todos los obispos, expres\u00f3 que \u201cGran parte de las propuestas acerca de c\u00f3mo organizar la \u00b4casa com\u00fan` entran en lo que es opinable, ante las cuales es leg\u00edtima una pluralidad de opciones. (\u2026) Pero, hacemos una valoraci\u00f3n negativa de las normas que permiten la interrupci\u00f3n del embarazo, las que dejan abierta la posibilidad de la eutanasia, las que desfiguran la comprensi\u00f3n de la familia, las que restringen la libertad de los padres sobre la ense\u00f1anza de sus hijos, y las que plantean algunas limitaciones en el derecho a la educaci\u00f3n y a la libertad religiosa. Consideramos de especial gravedad la introducci\u00f3n del aborto, que el texto de propuesta constitucional denomina \u201cderecho a la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo\u201c.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Eutanasia<\/h2>\n\n\n\n<p>Los obispos chilenos criticaron fuertemente que \u00abel art\u00edculo establece que el Estado garantiza el ejercicio de este derecho, libre de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones, con lo cual no solo excluye la participaci\u00f3n del padre en esta decisi\u00f3n, sino tambi\u00e9n el ejercicio de la objeci\u00f3n de conciencia personal e institucional. (\u2026) Llama la atenci\u00f3n que la propuesta constitucional reconozca derechos a la naturaleza y exprese preocupaci\u00f3n por los animales como seres sintientes, pero no reconozca ninguna dignidad ni ning\u00fan derecho a un ser humano en el vientre materno\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n dijeron que \u00abes motivo de preocupaci\u00f3n la norma constitucional que asegura a toda persona el derecho a una muerte digna. Bajo este concepto, se introduce en nuestra cultura la eutanasia, que es una acci\u00f3n u omisi\u00f3n con el fin de causar directamente la muerte, y as\u00ed eliminar el dolor.<img decoding=\"async\" width=\"6\" height=\"16\" src=\"\"><\/p>\n\n\n\n<p>Sobre la familia se\u00f1alaron que el texto \u00abampl\u00eda el concepto de familia al hablar de \u201cfamilias en sus diversas formas, expresiones y modos de vida, sin restringirlas a v\u00ednculos exclusivamente filiativos y consangu\u00edneos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Educaci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>A prop\u00f3sito de la educaci\u00f3n, se\u00f1alaron que la propuesta \u00abno es del todo clara en expresar un derecho preferente y directo de los padres de educar a sus hijos. (\u2026) Preocupa tambi\u00e9n, en este campo, la fuerte presencia de la ideolog\u00eda de g\u00e9nero en el texto, pues da la impresi\u00f3n de que busca imponerse como un pensamiento \u00fanico en la cultura y el sistema educativo, lo que da\u00f1a el principio de libertad de ense\u00f1anza de los padres respecto de sus hijos. (\u2026) Adem\u00e1s, hay un silencio manifiesto en el proyecto de texto constitucional respecto de la educaci\u00f3n particular subvencionada, que tambi\u00e9n tiene una funci\u00f3n p\u00fablica evidente. <\/p>\n\n\n\n<p>Si en el sistema particular subvencionado estudia m\u00e1s del 55% de los estudiantes chilenos, con un alt\u00edsimo porcentaje de estudiantes vulnerables, \u00bfpor qu\u00e9 no se consagra el derecho constitucional a esas otras propuestas de iniciativa particular, subvencionadas con fondos p\u00fablicos de Educaci\u00f3n, bajo la supervisi\u00f3n del Estado, para garantizar la libertad de ense\u00f1anza? (\u2026), no establece expresamente el derecho de los padres a crear y sostener establecimientos educacionales de diverso tipo, ni la obligaci\u00f3n de proveer los recursos econ\u00f3micos pertinentes\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Libertad religiosa<\/h2>\n\n\n\n<p>Sobre la libertad religiosa dijeron que \u00e9sta propuesta \u00abno reconoce algunos elementos esenciales, como la autonom\u00eda interna de las confesiones, el reconocimiento de sus propias normas y la capacidad de \u00e9stas de celebrar acuerdos que aseguren su plena libertad en la atenci\u00f3n de los miembros de las mismas, especialmente en situaciones de vulnerabilidad (hospitales, lugares de cumplimiento de penas, hogares de menores, etc.). Por \u00faltimo, nos parece que el sistema establecido para dar reconocimiento jur\u00eddico a las confesiones, deja en manos de \u00f3rganos administrativos su existencia o supresi\u00f3n, lo cual puede poner en peligro el pleno ejercicio de la libertad religiosa.\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>Los chilenos han dicho, con abrumadora mayor\u00eda, que no quieren una Constituci\u00f3n que rompa dr\u00e1sticamente con la tradici\u00f3n pol\u00edtica, cultural y val\u00f3rica del pa\u00eds. Seguramente los partidos pol\u00edticos representados en el Congreso acordar\u00e1n de qu\u00e9 manera se hacen cambios a la actual Carta magna, o qu\u00e9 mecanismo se establecer\u00eda para proponer un nuevo texto.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Chile, Octubre 2020: en plebiscito, el 78 % de los chilenos votaron por tener una nueva Constituci\u00f3n y eligieron que la elaborara una Convenci\u00f3n constituyente (vot\u00f3 el 50 % del padr\u00f3n electoral). 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