{"id":22878,"date":"2022-08-23T15:25:59","date_gmt":"2022-08-23T14:25:59","guid":{"rendered":"https:\/\/omnesmag.com\/?p=22878"},"modified":"2022-08-24T12:22:13","modified_gmt":"2022-08-24T11:22:13","slug":"catedraticos-ley-eutanasia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/catedraticos-ley-eutanasia\/","title":{"rendered":"Expertos urgen una revisi\u00f3n de la ley espa\u00f1ola de eutanasia"},"content":{"rendered":"<p>Desde antes de su entrada en vigor, y a lo largo de estos meses, numerosos profesionales de la medicina y diversos expertos han criticado art\u00edculos de la ley org\u00e1nica de regulaci\u00f3n de la eutanasia, que aprob\u00f3 el Parlamento en plena pandemia por iniciativa del grupo socialista, sin consulta ni di\u00e1logo con la sociedad civil, colegios profesionales, ni el <a href=\"http:\/\/www.comitedebioetica.es\/noticias\/\">Comit\u00e9<\/a> de Bio\u00e9tica de Espa\u00f1a. Un organismo consultivo <a href=\"http:\/\/www.comitedebioetica.es\/miembros\/index.php\">remodelado<\/a> casi en su integridad en pleno verano por la ministra de Sanidad, y en el que tan solo permanece una persona del anterior Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image alignright size-large is-resized\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/teal-beaver-472417.hostingersite.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--646x1024.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-22879\" width=\"323\" height=\"512\" srcset=\"https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--646x1024.jpeg 646w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--600x950.jpeg 600w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--442x700.jpeg 442w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--189x300.jpeg 189w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--768x1217.jpeg 768w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro--970x1536.jpeg 970w, https:\/\/staging.omnesmag.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/eutanasia-libro-.jpeg 1212w\" sizes=\"(max-width: 323px) 100vw, 323px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Pues bien, expertos de la esfera acad\u00e9mica efect\u00faan ahora un an\u00e1lisis de manera sistematizada, repasando conceptos como la tutela constitucional e internacional de la libertad de conciencia, y la objeci\u00f3n de conciencia en el Derecho comparado, en el libro <a href=\"https:\/\/www.palabra.es\/eutanasia-objecion-de-conciencia-2784.html\">\u2018Eutanasia y objeci\u00f3n de conciencia\u2019,<\/a> reci\u00e9n editado por Palabra. En \u00e9l se incluye, en sus p\u00e1ginas finales, un apartado titulado \u2018Una ley que debe ser revisada cuanto antes\u2019, donde los autores sintetizan aspectos desarrollados anteriormente (ep\u00edgrafe 7 y \u00faltimo).<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi se ha introducido un nuevo derecho en el ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol \u2015el derecho a morir y a ser ayudado a ello\u2015, lo natural es referirse a los l\u00edmites que se derivan de otros derechos, como la libertad de conciencia de quienes podr\u00edan estar obligados prima facie a colaborar en esa muerte provocada intencionadamente\u201d, se\u00f1alan los autores, Rafael Navarro-Valls, Javier Mart\u00ednez-Torr\u00f3n y Mar\u00eda Jos\u00e9 Valero (pp. 104-105)<a>.<\/a><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Importantes problemas \u00e9ticos <\/h2>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 esa referencia a la libertad de conciencia? Podr\u00edan mencionarse numerosos motivos, pero quiz\u00e1 basten \u00e9stos. La ley espa\u00f1ola \u201cno s\u00f3lo despenaliza la eutanasia y el suicidio asistido, sino que transforma el deseo de ciertas personas de morir voluntariamente en una prestaci\u00f3n obligada y gratuita por parte del Estado a trav\u00e9s de su sistema de salud y de quienes trabajan para el mismo\u201d (introducci\u00f3n), como ha ido informando Omnes.<\/p>\n\n\n\n<p>Naturalmente, \u201ca nadie puede sorprender\u201d que se generen \u201cimportantes problemas \u00e9ticos para un amplio n\u00famero de profesionales de la salud\u201d. \u201cProblemas que son f\u00e1cilmente comprensibles pues, para muchos, la noci\u00f3n de medicina est\u00e1 intr\u00ednsecamente vinculada a la protecci\u00f3n de la vida y la salud, y no justifica en ning\u00fan caso su eliminaci\u00f3n, sean fueren los motivos que se aducen para acabar con una vida humana y la licitud de esa conducta desde la perspectiva de la ley\u201d. (pp. 13-14).<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cDe hecho\u201d, a\u00f1aden los autores, \u201cla propia Ley Org\u00e1nica 3\/2021, como veremos m\u00e1s adelante, regula la objeci\u00f3n de conciencia de m\u00e9dicos y otros profesionales sanitarios\u201d (art. 16).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Libertad de conciencia<\/h2>\n\n\n\n<p>\u201cLa libertad de conciencia es un derecho fundamental protegido tanto por la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola como por los instrumentos internacionales de derechos humanos\u201d, Y \u201cestos \u00faltimos, desde la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos, han incluido \u2018la libertad de pensamiento, conciencia y religi\u00f3n\u2019 como parte del patrimonio jur\u00eddico esencial de la persona, que el Estado no concede graciosamente, sino que est\u00e1 obligado a reconocer y proteger\u201d, escriben los juristas.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre otros instrumentos internacionales vinculantes para Espa\u00f1a, se citan el Convenio Europeo de Derechos Humanos (art. 9) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos (art. 18), adem\u00e1s de la Carta de Derechos Fundamentales (art. 10) en la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola no cita expresamente el t\u00e9rmino \u201clibertad de conciencia\u201d, pero \u201cel Tribunal Constitucional, desde el inicio de su andadura, ha sido muy claro al declarar que \u2018la libertad de conciencia es una concreci\u00f3n de la libertad ideol\u00f3gica\u2019 reconocida en el art\u00edculo 16 de la Constituci\u00f3n y que \u00e9sta implica \u2018no s\u00f3lo el derecho a formar libremente la propia conciencia, sino tambi\u00e9n a obrar de modo conforme a los imperativos de la misma\u201d, se\u00f1alan Navarro-Valls, Mart\u00ednez-Torr\u00f3n y Valero.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre los conflictos entre conciencia y ley, que las p\u00e1ginas del libro abordan tambi\u00e9n, podr\u00edamos extendernos, pero mejor le\u00e1nlo, junto a alguna reflexi\u00f3n que Navarro-Valls ha realizado recientemente en <a href=\"https:\/\/www.elmundo.es\/opinion\/2022\/08\/13\/62d00eb6fdddff5bb78b457e.html\">El Mundo<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Actitud restrictiva hacia la libertad y la objeci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 16 relativo a la objeci\u00f3n de conciencia es objeto de un detallado an\u00e1lisis en el libro. Antes de manifestar su petici\u00f3n de revisar la ley, los autores hacen notar que el texto \u201cindica literalmente que los profesionales sanitarios <em>podr\u00e1n <\/em>ejercer su derecho&nbsp; a la objeci\u00f3n de conciencia, como si se tratara de una concesi\u00f3n graciosa del legislador <em>pro bono pacis<\/em>, para evitar problemas con profesionales que, en muy alto porcentaje, se hab\u00edan manifestado contrarios a esta ley, y cuyos colegios profesionales no hab\u00edan sido consultados durante el proceso legislativo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cY es que, en efecto\u201d, a su juicio, \u201cel texto del art\u00edculo 16 parece traslucir un recelo del legislador hacia este derecho fundamental. Como si lo reconociera porque no le queda m\u00e1s remedio, pero estuviera m\u00e1s preocupado de perfilar sus limitaciones operativas que sus garant\u00edas jur\u00eddicas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta l\u00ednea, el texto menciona a continuaci\u00f3n a otras restricciones del art. 16. Por ejemplo, el apartado 1 restringe el ejercicio del derecho a los \u201cprofesionales sanitarios directamente implicados en la prestaci\u00f3n de ayuda para morir\u201d. Y analiza qu\u00e9 ha de entenderse por \u2018profesionales sanitarios\u2019 y otra reflexi\u00f3n al concepto de \u2018directamente implicados\u2019. Adem\u00e1s, recuerda que \u201cel Comit\u00e9 de Bio\u00e9tica de Espa\u00f1a, sobre la base de que la llamada \u2018prestaci\u00f3n de ayuda para morir\u2019 no puede ser conceptuada en ning\u00fan caso como acto m\u00e9dico, sino simplemente como acto sanitario, afirma que la expresi\u00f3n \u2018profesionales sanitarios\u2019 debe interpretarse en sentido amplio\u201d, y no restringirse a \u201cquienes intervengan directamente en el acto\u2026\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Sugerencias para una revisi\u00f3n de la ley<\/h2>\n\n\n\n<p>En los ep\u00edgrafes 5 y 6 del libro, los expertos se\u00f1alan aspectos de la actual normativa espa\u00f1ola que, a su parecer, \u201cser\u00eda necesario modificar\u201d. Al final sintetizan algunos del siguiente modo<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211;<strong>\u201cRevisar y modificar el texto de la actual Ley Org\u00e1nica 3\/2021 mediante un procedimiento que discurra en franco di\u00e1logo y colaboraci\u00f3n con la sociedad civil\u201d<\/strong>, entre los que citan colegios profesionales, otro tipo de actores sociales, juristas con experiencia en la protecci\u00f3n de la libertad de conciencia y el derecho sanitario, especialistas en bio\u00e9tica (incluido el Comit\u00e9 de Bio\u00e9tica de Espa\u00f1a), representantes o personas con autoridad moral en las principales confesiones religiosas que operan en Espa\u00f1a, etc.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEste proceso debi\u00f3 llevarse a cabo antes de la promulgaci\u00f3n de la ley. Las fuertes cr\u00edticas suscitadas por un texto que es claramente mejorable deber\u00edan hacer reflexionar al gobierno sobe la importancia de acometer cuando antes la revisi\u00f3n de la ley\u201d, a\u00f1aden.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la tramitaci\u00f3n parlamentaria, en el Senado, seg\u00fan los autores, \u201clas voces m\u00e1s cr\u00edticas partieron del portavoz del Grupo de Izquierda Confederal, <strong>Koldo Mart\u00ednez<\/strong> (m\u00e9dico intensivista, de Geroa Bai), quien record\u00f3 al gobierno \u2018la escasa seguridad jur\u00eddica\u2019 de la nueva normativa. \u2018La ley es deficiente, est\u00e1 redactada con muy poca calidad y lleva a una enorme confusi\u00f3n\u2019, asegur\u00f3\u201d. (pp. 56-57).<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211;<strong>\u201cDeber\u00eda eliminarse el registro de objetores, por el previsible efecto disuasorio e inhibidor que puede tener -y de hecho parece estar teniendo en algunos lugares de Espa\u00f1a-, <\/strong>sobre la libertad de conciencia del personal sanitario en material tan delicada y trascendente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n, los autores sugieren en todo caso hacerlo al rev\u00e9s. Es decir, \u201cen vista del amplio rechazo manifestado a la ley por los profesionales de la salud, el actual registro bien puede ser sustituido en este momento por una base de datos que contenga informaci\u00f3n (confidencial) sobre las personas y equipos que est\u00e9n dispuestos a participar en la prestaci\u00f3n de la ayuda para morir\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Los \u00faltimos datos publicados refieren que en Espa\u00f1a se hab\u00edan practicado hasta julio en torno a <a href=\"https:\/\/www.diariomedico.com\/medicina\/geriatria\/radiografia-del-primer-ano-de-eutanasia-174-prestaciones-y-mas-de-4000-objetores.html\">175 eutanasias<\/a>, y que los objetores de conciencia registrados superan los 4.000.<\/p>\n\n\n\n<p>-Una tercera sugerencia, \u201cde especial trascendencia, tanto te\u00f3rica como pr\u00e1ctica\u201d es <strong>\u201creconocer expresamente la posibilidad de objeci\u00f3n institucional a la pr\u00e1ctica de la eutanasia y el suicidio asistido en el caso de instituciones privadas, con o sin \u00e1nimo de lucro, cuyo ideario \u00e9tico sea contrario a dichas actuaciones\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de las confesiones religiosas, \u201csu autonom\u00eda ha sido claramente reconocida en el entorno internacional\u201d. Y en otro tipo de instituciones, \u201cincluidas aquellas con finalidad lucrativa, la jurisprudencia comparada comienza a mostrar sensibilidad para reconocer la importancia de que su identidad incluya valores morales que determinen su actuaci\u00f3n, y la de quienes trabajen para ellas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En julio del a\u00f1o pasado, Federico de Montalvo, profesor de Derecho en Comillas Icade y presidente del Comit\u00e9 de Bio\u00e9tica de Espa\u00f1a hasta hace pocas semanas, consider\u00f3 en una entrevista con <a href=\"https:\/\/teal-beaver-472417.hostingersite.com\/foco\/ecologia-integral\/negar-la-objecion-de-conciencia-institucional-va-contra-la-constitucion\/\">Omnes<\/a> que negar la objeci\u00f3n de conciencia a la ley de eutanasia ejercida por instituciones y comunidades \u201ces inconstitucional\u201d.Los juristas a\u00f1aden que \u201cno estar\u00eda de m\u00e1s <strong>reconocer car\u00e1cter de ley org\u00e1nica al entero art\u00edculo 16 de la ley, sin excluir su primer p\u00e1rrafo, pues todo \u00e9l se refiere al desarrollo de la libertad de conciencia protegida por la Constituci\u00f3n\u201d.<\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde antes de su entrada en vigor, y a lo largo de estos meses, numerosos profesionales de la medicina y diversos expertos han criticado art\u00edculos de la ley org\u00e1nica de regulaci\u00f3n de la eutanasia, que aprob\u00f3 el Parlamento en plena pandemia por iniciativa del grupo socialista, sin consulta ni di\u00e1logo con la sociedad civil, colegios [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":22880,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"pmpro_default_level":"","footnotes":""},"categories":[553,548],"tags":[190,677,6,21,599,16,839],"class_list":["post-22878","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ecologia-integral","category-foco","tag-derecho","tag-derecho-a-la-vida","tag-europa","tag-eutanasia","tag-familia","tag-jovenes","tag-paliativos","pmpro-has-access"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22878","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22878"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22878\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/media\/22880"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22878"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22878"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/it\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22878"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}