{"id":17502,"date":"2021-12-21T11:04:35","date_gmt":"2021-12-21T10:04:35","guid":{"rendered":"https:\/\/omnesmag.com\/?p=17502"},"modified":"2021-12-21T13:35:10","modified_gmt":"2021-12-21T12:35:10","slug":"la-respuesta-a-las-dudas-sobre-la-aplicacion-de-traditionis-custodes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/staging.omnesmag.com\/en\/la-respuesta-a-las-dudas-sobre-la-aplicacion-de-traditionis-custodes\/","title":{"rendered":"La respuesta a las dudas sobre la aplicaci\u00f3n de Traditionis custodes"},"content":{"rendered":"<p>El s\u00e1bado 18 de diciembre se han publicado las respuestas dadas por la Congregaci\u00f3n del Culto Divino a diversos&nbsp;<em>dubbia<\/em> que se hab\u00edan planteado despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n, el 16 de julio de 2021, del motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>&nbsp;sobre el uso de la liturgia romana antes de la reforma de 1970. La Congregaci\u00f3n ha examinado detenidamente las cuestiones planteadas desde diversos lugares, ha informado al Santo Padre y habiendo recibido su consentimiento publica ahora las respuestas a las preguntas m\u00e1s recurrentes.<\/p>\n\n\n\n<p>En realidad, las respuestas no hacen otra cosa que recordar y concretar dos puntos que est\u00e1n claramente expresados en lo dispuesto por el Papa Francisco en el motu proprio y en la carta que lo acompa\u00f1a:<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">La \u00fanica expresi\u00f3n de la <em>lex orandi<\/em><\/h4>\n\n\n\n<p>En primer lugar, que los libros lit\u00fargicos promulgados por los santos pont\u00edfices Pablo VI y Juan Pablo II, en conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, son la \u00fanica expresi\u00f3n de la&nbsp;<em>lex orandi<\/em>&nbsp;del rito romano (cfr. Francisco motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>, art. 1). De hecho, el motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes,<\/em>&nbsp;pretende restablecer en toda la Iglesia de Rito romano una \u00fanica e id\u00e9ntica oraci\u00f3n que exprese su unidad siguiendo los libros publicados despu\u00e9s del Concilio Vaticano II, que est\u00e1n en l\u00ednea con toda la tradici\u00f3n de la Iglesia. Como recuerda el Santo Padre: dado que las acciones lit\u00fargicas no son acciones privadas, sino celebraciones de la Iglesia, que es sacramento de unidad, deben realizarse en comuni\u00f3n con la Iglesia (cfr.&nbsp;<em>Sacrosanctum concilium<\/em>, n. 26). Una comuni\u00f3n que implica permanecer en la Iglesia no solo con el cuerpo, sino tambi\u00e9n con el coraz\u00f3n. Esta es la direcci\u00f3n en la que, recuerda la Congregaci\u00f3n, se quiere caminar y este es el sentido de las respuestas que se publican. De ah\u00ed que en ellas se encuentren indicaciones concretas en relaci\u00f3n a este primer punto. Destacamos las siguientes:<\/p>\n\n\n\n\n\n<p>S\u00f3lo en las parroquias personales can\u00f3nicamente erigidas, el Obispo est\u00e1 autorizado a conceder, seg\u00fan su discernimiento, la licencia para hacer uso \u00fanicamente del&nbsp;<em>Rituale romanum<\/em>&nbsp;(\u00faltima&nbsp;<em>editio typica<\/em>&nbsp;de 1952) y no del&nbsp;<em>Pontificale romanum<\/em>&nbsp;precedente a la reforma lit\u00fargica del Concilio Vaticano II. De este modo no se puede celebrar la Confirmaci\u00f3n ni siquiera en las parroquias personales seg\u00fan el&nbsp;<em>Pontificale romanum<\/em>&nbsp;anterior a la reforma lit\u00fargica conciliar pues hay que recordar que la f\u00f3rmula para el Sacramento de la Confirmaci\u00f3n fue modificada para toda la Iglesia latina por san Pablo VI.<\/p>\n\n\n\n<p>En la celebraci\u00f3n que hace uso del&nbsp;<em>Missale Romanum<\/em>&nbsp;de 1962 las lecturas ser\u00e1n proclamadas en lengua vern\u00e1cula (cfr. Motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>, art. 3 &amp; 3). Para poder llevar a cabo esta indicaci\u00f3n, y teniendo en cuenta que el Misal de 1962 contiene en un solo libro los textos de la Misa y las lecturas, \u00e9stas \u00faltimas se har\u00e1n utilizando las traducciones de la Sagrada Escritura para uso lit\u00fargico, aprobadas por las respectivas Conferencias Episcopales. Adem\u00e1s se proh\u00edbe publicar un leccionario en lengua vulgar que corresponda a las lecturas del Misal de 1962. De este modo se protege uno de los frutos m\u00e1s preciados de la reforma lit\u00fargica del Concilio Vaticano II que es el Leccionario. Habr\u00e1 un \u00fanico Leccionario que es el publicado despu\u00e9s de la reforma lit\u00fargica conciliar.<\/p>\n\n\n\n<p>Los obispos para conceder la autorizaci\u00f3n de celebrar con el Misal de 1962 a un sacerdote ordenado despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n del motu proprio deber\u00e1n pedir autorizaci\u00f3n a la Congregaci\u00f3n del Culto divino. El motivo aparece claramente especificado en la respuesta: la \u00fanica expresi\u00f3n de la&nbsp;<em>lex orandi<\/em>&nbsp;del rito romano son los libros promulgados por Pablo VI y Juan Pablo II conforme a los decretos del Concilio Vaticano II: es por tanto absolutamente deseable que los presb\u00edteros ordenados despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n del Motu proprio compartan este deseo del Santo Padre.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Prever el bien de los arraigados en la forma anterior<\/h4>\n\n\n\n<p>El segundo punto que se recuerda y se concreta se refiere a que las indicaciones sobre el modo de proceder en las di\u00f3cesis est\u00e1n dictadas principalmente por el principio de prever el bien de quienes est\u00e1n arraigados en la forma de celebraci\u00f3n anterior y necesitan tiempo para volver al Rito Romano promulgado por los santos Pablo VI y Juan Pablo II (cfr. Francisco, carta que acompa\u00f1a el motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>). En l\u00ednea con la afirmaci\u00f3n anterior, se lee en las respuestas:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n\n\n<p>\u00abSe ha de procurar acompa\u00f1ar a todos los vinculados con la forma celebrativa precedente hacia una plena comprensi\u00f3n del valor de la celebraci\u00f3n en la forma ritual que nos ha sido entregada por la reforma del Concilio Vaticano II, por medio de una formaci\u00f3n adecuada que permita descubrir c\u00f3mo es testimonio de una fe inalterada, expresi\u00f3n de una eclesiolog\u00eda renovada, fuente primaria de espiritualidad para la vida cristiana\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEn circunstancias normales se excluye la iglesia parroquial, como lugar donde se pueda permitir la celebraci\u00f3n con el&nbsp;<em>Missale romanum<\/em>&nbsp;de 1962 porque de ese modo se afirma que la celebraci\u00f3n eucar\u00edstica seg\u00fan el rito precedente, al ser una concesi\u00f3n limitada a dichos grupos, no forma parte de la vida ordinaria de la comunidad parroquial. En el caso de que no sea posible encontrar otro lugar distinto de una parroquia para la celebraci\u00f3n con el Misal de 1962, el Obispo diocesano podr\u00e1 pedir a la Congregaci\u00f3n la autorizaci\u00f3n para que tenga lugar en una iglesia parroquial. Si se comprueba, con escrupulosa atenci\u00f3n, la imposibilidad de utilizar otra iglesia, oratorio o capilla se podr\u00e1 conceder la autorizaci\u00f3n. En este \u00faltimo caso, no parece oportuno que dicha celebraci\u00f3n se incluya en el horario de las Misas parroquiales ya que a ella solo participan los fieles que forman parte del grupo. Estos fieles en ning\u00fan caso son marginados por estas disposiciones pues con ellas s\u00f3lo se les recuerda que esta concesi\u00f3n se hace en vista del uso com\u00fan de la \u00fanica&nbsp;<em>lex orandi<\/em>&nbsp;del Rito Romano y no de una oportunidad de promover el rito precedente\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abPor lo que se refiere a los sacerdotes, di\u00e1conos y ministros que participan en la celebraci\u00f3n haciendo uso del&nbsp;<em>Missale Romanum<\/em>&nbsp;de 1962 tienen que tener siempre la autorizaci\u00f3n del obispo diocesano. Autorizaci\u00f3n que, en el caso del sacerdote, es v\u00e1lida solo para el territorio de la di\u00f3cesis donde ejerce su ministerio y que tendr\u00e1 que pedir para s\u00ed, si est\u00e1 sustituyendo a otro sacerdote autorizado\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Celebrar con dignidad y fervor la liturgia renovada<\/h4>\n\n\n\n<p>Pensamos que el motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>, la carta que lo acompa\u00f1aba y ahora las respuestas a estos&nbsp;<em>dubbia<\/em>&nbsp;est\u00e1n en la l\u00ednea de lo que se\u00f1alaba san Pablo VI: \u201cEs en el nombre de la Tradici\u00f3n que nosotros pedimos a todos nuestros hijos, a todas las comunidades cat\u00f3licas, de celebrar, con dignidad y fervor la liturgia renovada. La adopci\u00f3n del nuevo&nbsp;<em>Ordo missae<\/em>&nbsp;no se ha dejado al arbitrio de los sacerdotes o de los fieles: y la Instrucci\u00f3n del 14 de junio de 1971 ha previsto la celebraci\u00f3n de la misa en la antigua forma, con la autorizaci\u00f3n del Ordinario solo para sacerdotes ancianos o enfermos que ofrecen el Divino sacrificio&nbsp;<em>sine populo<\/em>. El nuevo&nbsp;<em>Ordo<\/em>&nbsp;ha sido promulgado para que sustituyese al antiguo, despu\u00e9s de una madura deliberaci\u00f3n, como consecuencia de las indicaciones del concilio Vaticano II\u201c.<\/p>\n\n\n\n<p>Como recuerda este reciente documento de la Congregaci\u00f3n del Culto divino, \u201cun hecho es innegable, los Padres conciliares sintieron la urgencia de una reforma para que la verdad de fe celebrada apareciera cada vez m\u00e1s en toda su belleza y el pueblo de Dios creciera en la participaci\u00f3n plena, activa y consciente de la celebraci\u00f3n lit\u00fargica\u201d por eso, sigue diciendo el documento, \u201ctodos estamos llamados a redescubrir el valor de la reforma lit\u00fargica salvaguardando la verdad y la belleza del Rito que nos ha dado. Somos conscientes de que es necesaria una formaci\u00f3n lit\u00fargica renovada y continua, tanto para los sacerdotes como para los fieles laicos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La publicaci\u00f3n del motu proprio&nbsp;<em>Traditionis custodes<\/em>, de la carta que lo acompa\u00f1a y ahora de las respuestas a los&nbsp;<em>dubbia,<\/em>&nbsp;han puesto de manifiesto claramente el deseo del Santo Padre: la \u00fanica expresi\u00f3n de la&nbsp;<em>lex orandi<\/em>&nbsp;del Rito Romano est\u00e1 contenida en los libros lit\u00fargicos promulgados por los Santos Pont\u00edfices Pablo VI y Juan Pablo II, conforme a los decretos del Concilio Vaticano II. Por eso se anima a una formaci\u00f3n lit\u00fargica que acompa\u00f1e en la comprensi\u00f3n y en la experiencia de la riqueza de la reforma lit\u00fargica deseada por el Concilio Vaticano II que ha sabido valorar todos los elementos del Rito Romano y ha favorecido la participaci\u00f3n de todo el Pueblo de Dios en la liturgia, fuente primaria de la aut\u00e9ntica espiritualidad cristiana.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El s\u00e1bado 18 de diciembre se han publicado las respuestas dadas por la Congregaci\u00f3n del Culto Divino a diversos&nbsp;dubbia que se hab\u00edan planteado despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n, el 16 de julio de 2021, del motu proprio&nbsp;Traditionis custodes&nbsp;sobre el uso de la liturgia romana antes de la reforma de 1970. 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